NUEVAS RESTRICCIONES ESTABLECIDAS POR EL SR. GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

29 de May del 2021 - 20:09 hs.

Las mismas rigen hasta el 6 de Junio.

La JUNTA MUNICIPAL DE PROTECCIÓN CIVIL informa que el Sr. Gobernador de la Provincia de Santa Fe dispuso nuevas restricciones y suspensión de actividades. Las mismas rigen hasta el 6 de Junio.

Comercio Mayorista y Comercio Minorista Venta de mercaderías / con atención al público
La actividad del comercio mayorista y comercio minorista de venta de mercaderías, con atención al público en los locales, podrá extenderse todos los días de la semana hasta las diecisiete (17) horas.
La extensión hasta las diecinueve (19) horas, será para quienes comercialicen productos alimenticios y farmacéuticos.
El factor de ocupación de la superficie cerrada de los locales, destinada a la atención del público, no podrá exceder del treinta por ciento (30%).

Actividades Recreativas
Se suspende la práctica de deportes grupales de contacto (al aire libre y en espacios cerrados), y las competencias deportivas provinciales, zonales o locales de carácter profesional o amateur, no habilitadas expresamente por las autoridades nacionales.
El funcionamiento de clubes, gimnasios y otros establecimientos afines, incluidas las actividades al aire libre
Actividades náuticas, pesca deportiva y recreativa en modalidad costa y embarcados, actividades de los clubes deportivos vinculados a las mismas y de guarde

Suspension de las siguientes actividades
Ejercicio de profesiones liberales, incluidos mandatarios, corredores y martilleros, en forma presencial y con atención al público en los locales y oficinas; quedando excluidos de la suspensión, los profesionales de la salud y los del notariado, para realizar diligencias esenciales e impostergables y los profesionales del derecho, en el caso de deber instar medidas de urgente diligenciamiento que no puedan realizarse de manera remota y cuya demora tenga virtualidad de producir la pérdida de un derecho.
Actividad inmobiliaria y aseguradora, resguardando en este último caso, guardias para la recepción de denuncias de siniestros, en la medida que no puedan realizarse de manera remota.

Actividades administrativas en forma presencial de sindicatos, entidades gremiales empresarias, cajas y colegios profesionales, administración de entidades civiles y deportivas, y la actividad administrativa de universidades nacionales y privadas con sedes en el territorio provincial, quedando expresamente excluida de la suspensión el funcionamiento de obras sociales, en aquellas actividades que no pudieren realizarse en forma remota o mediante teletrabajo.
Actividades administrativas de las empresas industriales, de la construcción, comerciales o de servicios, las que deberán desarrollarse en forma remota o mediante teletrabajo.

Actividades Sociales y Familiares
> Se prohíben los encuentros sociales y familiares en lugares cerrados o al aire libre.

Restricción a la Circulación Vehicular
Quedan exceptuados de la restricción:
• Quienes cumplan con su actividad laboral
• Quienes estén debidamente justificadas por una situación de fuerza mayor (incluyendo asistencia médica, farmacéutica y cuidado de personas)
Pare circular deberán llevar la documentación respaldatoria y la app provincial COVIDIS app CUIDAR

En todo el territorio provincial queda restringida la circulación vehicular en la vía pública, a toda persona que no realice actividades autorizadas, desde las 18hs hasta las 06 horas del día siguiente.
Actividades Gastronómicas
Los locales gastronómicos podrán funcionar entre las 06hs y las 19hs, con un aforo máximo del 30%.
 

Servicio municipal de radiodifusión

Belgrano 1515 – San Carlos Centro – Santa Fe

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